29 diciembre 2009

El poder de la fuerza


María José Carrascosa, condena injusta. Foto DM 24-12-2009

El poder de la fuerza

“Más vale tener la fuerza de la razón que la razón de la fuerza”...
... decimos quienes no tenemos ninguna fuerza capaz suficiente para poder imponerla.

No obstante quienes sí tienen fuerza capaz no tienen ninguna vergüenza en usarla aunque sean carentes de cualquier razón. Estos, ideólogos o simples practicantes de la derecha autoritaria, utilizan su santísima trinidad: su santa desvergüenza, su santa imposición y su santa negación (“hay que atacar a Irak aunque este ataque produzca miles de muertes inocentes y más daños que bienes”, “¡pero háganlo ya!”, “ninguno de los nuestros ha cometido ningún acto reprobable aunque haya cometido prevaricación, se haya enriquecido enormemente, se haya recalificado y construido en suelo no edificable, o haya robado al pueblo propio o invadido...”).

Ejemplos de lo que decimos los tenemos a miles en los comportamientos de la Santa Inquisición, tanto la de Torquemada como la de Rouco Varela, los sistemas políticos fascistas, los comportamientos mayoritarios de Israel, USA y PP en España. Israel y EEUU ya han mostrado su nula disciplina y nula obediencia a las disposiciones de la ONU y disposiciones internacionales que les implican (por ejemplo las disposiciones que les mandan terminar con los bloqueos respectivos a Palestina y Cuba respectivamente, ambas pasadas por sus forros respectivos).

EEUU, paradigma del imperialismo actual y del “nuevo orden injusto y partidista por él impuesto” no duda en violar la entrada en países ajenos para secuestrar y castigar a presuntos enemigos en cárceles ilegales (los aviones de la CIA o Guantánamo) muchas veces sin incluso juzgarles y en no pocas ocasiones equivocándose diametralmente. Por el contrario no admite ni permite que ningún súbdito americano, aún criminal convicto y habitante en otro país sea juzgado por ningún país, ni siquiera por el país de acogida posible victima de su fechoría (lo mismo hace Israel).

María José Carrascosa, condenada a 14 años de prisión
La valenciana encarcelada en EEUU también está acusada por un delito de desacato
Diario de Mallorca, jueves 23 de diciembre de 2009

EP El juez del Estado de Nueva Jersey, Donald Venezia, ha condenado este miércoles a María José Carrascosa, la valenciana encarcelada en Nueva Jersey por el conflicto que mantiene sobre la custodia de su hija, a una pena de 14 años de prisión.

Esta resolución se produce un mes después de que un jurado popular, compuesto por 12 miembros, declarara culpable por unanimidad a Carrascosa por el litigio que mantiene abierto por la custodia de la niña, por los que estaba acusada de un delito de desacato -por desobedecer una orden judicial para que entregara a la menor- y de otro de secuestro.

El juicio contra Carrascosa quedó visto para sentencia el día 10 de noviembre, después de que ésta declarara ante un jurado para pedir su libertad y la custodia de la menor. La fiscal acusó a Carrascosa de no cumplir con la jurisdicción estadounidense. Por su parte, la española alegó haber actuado siempre de acuerdo a la legislación española.

Antes de que se fijara el comienzo del juicio el 4 de noviembre, las partes intentaron llegar a un acuerdo, pero la defensa de Carrascosa lo rechazó puesto que, según comentó en su momento su letrado, no existía un concilio entre el Gobierno y los jueces españoles, y la Fiscalía del Estado de Nueva Jersey y el Gobierno estadounidense, que contemplase la mediación del Tribunal de la Haya en el asunto.

El letrado explicó que la niña no iría a EEUU sin la mediación del Tribunal de la Haya, algo que garantizaría el retorno a España de la menor. El abogado de Peter Innes, su ex marido, indicó, en ese momento, que Carrascosa no había presentado ninguna propuesta de acuerdo para evitar el juicio penal.

Carrascosa se casó en Bunyol con el estadounidense Peter Innes en marzo de 1999, sólo unos meses después de que lo hubiera conocido en un chat de internet. Cinco días después de la boda, ella decidió mudarse a Nueva Jersey. Al poco tiempo de llegar a EEUU, se quedó embarazada, en torno a agosto de 1999.

Seguidamente, Carrascosa volvió a España, Innes la denunció por secuestrar a la niña. El juez Edward Torack, del condado de Bergen (Nueva Jersey), concedió la custodia de la menor al padre y ordenó a la madre regresar a EEUU para entregar a su hija.

La abogada valenciana se presentó en agosto de 2006 en EEUU para asistir a una vista judicial, en la que conoció los cargos que pesaban sobre ella, le retiraron el pasaporte y le informaron de que debía entregar a la pequeña antes del 31 de agosto, si no quería ser encarcelada por secuestro, hecho que se produjo en noviembre de ese año.


Comentarios sobre la justicia de la sentencia

Quien la hace la paga
Posiblemente los 14 años sean exagerados, pero no tengo ninguna duda que la Sra. Carrascosa ha querido desafiar a la justicia del país en el que residía, se fugó con su hija, volvió sobrada de soberbia en exceso y en EE. UU. quien la hace la paga, no como aquí que hay mucho chorizo por ahí suelto y gozando de coche oficial. Pienso que ha estado muy mal aconsejada o bien hay otros problemas que se resuelven en el ámbito de la psiquiatría.

Y allá quien no la hace, si no es americano, también
Y quien no la hace, si no es americano, también. Y si no pregunte Vd. a los inocentes de Irak o de Cuba considerados como “dañados colaterales”. Esta Sra. lo que hace es retirar a su hija pequeña de la influencia de un presunto mal padre, pero la sentencia no la condena por males hechos por ella ni a su hija ni a su exmarido. El juez y el Jurado popular debían limitarse a investigar si el padre está capacitado para compartir la patria potestad o la custodia de la hija o no; y en caso afirmativo establecer un régimen de visitas. Lo que han hecho ambos, algo muy común en la (in)justicia americana, es puro ejercicio sectario: "El padre es americano como yo/nosotros y Vd. es extranjera, sin ninguna otra razón: 14 años de carcel para Vd. por haberse llevado a su hija a su país". Vale la pena no perderse los juicios de estas (d)eminencias: "¡Qué desgracia causa Vd. al impedir que una niña de 4 años esté con su padre y también con su madre y poder abrir los regalos de Navidad con ellos!" (fenómenos, quien impide que esté con su madre son Vds., que la condenan y que la encarcelan por 14 años, cuando, en caso de duda o en caso de no haber malos tratos ni malas influencias, la justicia española, de acuerdo con la psicología universal, normalmente aplica que, en la primera infancia, los niños estén con la madre con régimen de visitas con el padre. Más adelante ya se verá en función de muchos factores).

¿Qué creen que habría pasado en caso de que la niña hubiese viajado a EEUU? Evidentemente nunca más, en su minoría de edad, habría podido regresar ni con su madre ni con su familia materna. ¡Qué inocente fue la madre de “creer” en la justicia americana y presentarse a defender sus razones, cuando tanto ella como su hija estaban en España! Esta fe (que, por experiencias previas ajenas, yo no tengo) es lo que le ha condenado a 14 años de cárcel y, consecuentemente, sin poder vivir con su hija. EEUU de justicia no puede dar lecciones a nadie; de sectarismo, sí.

Antoni Ramis Caldentey
Psicólogo humanista-social
Diciembre de 2009

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