“Yo no le debo nada a Vd”
Se equivoca Sr. Rajoy, Vd. nos debe a todos los españoles respeto. Y, desde
su autoridad como Presidente del Gobierno, el trato leal y justo de acuerdo con los mandatos de la Constitución y de todas las normas legales que nos amparan. Y a los diputados de Amaiur, como a cualquier otro diputado, el respeto y trato añadido que corresponde a todos los diputados electos como cargos elegidos por un grupo de españoles en un proceso electoral. Vd. debe el mismo respeto a cualquier diputado de Amaiur que el debido al más floreado y aristocrático diputado del PP. Vd. debe el mismo respeto a cualquier alumno de cualquier escuela pública que el que debe a cualquier alumno del más reputado y floreado colegio privado. Por si no lo recordaba... o si lo ignoraba.
Y, para empezar, ya empieza con mal pié (como empieza con mal pié cualquiera que, desde su mayoría absoluta tiránica, hace una pedorreta a la democracia y a la ley) al empezar, la mayoría de los miembros de la mesa del PP, por cometer una injusticia flagrante al negar grupo parlamentario a Amaiur, grupo parlamentario que le otorga el artículo 23 del Reglamento del Congreso de los Diputados. Efectivamente, veamos que dice dicho artículo:
Artículo 23
1. Los Diputados, en número no inferior a quince, podrán constituirse en Grupo Parlamentario. Podrán también constituirse en Grupo Parlamentario los Diputados de una o varias formaciones políticas que, aun sin reunir dicho mínimo, hubieren obtenido un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, el 15 por 100 de los votos correspondientes a las circunscripciones en que hubieren presentado candidatura o el 5 por 100 de los emitidos en el conjunto de la Nación.
(es decir esto es una atribución que hace este artículo y este Reglamento a un grupo de diputados que cumplan estas condiciones, no a un Partido, incluso aunque estos diputados pertenezcan a partidos diferentes)
2. En ningún caso pueden constituir Grupo Parlamentario separado Diputados que pertenezcan a un mismo partido. Tampoco podrán formar Grupo Parlamentario separado los Diputados que, al tiempo de las elecciones, pertenecieran a formaciones políticas que no se hayan enfrentado ante el electorado.
El resultado de las elecciones de Amaiur fue el siguiente:
Alava: 1 escaño. 19,11% de los votos
Guipuzcoa: 3 escaños. 34,8% de los votos
Vizcaya: 2 escaños. 19,21% de los votos
Total País Vasco: 6 escaños. 24,12% de los votos
Navarra: 1 escaño. 14,86% de los votos
Total total: 7 diputados.
Consecuentemente, si el diputado de Alava, los 3 de Guipúzcoa y los 2 de Vizcaya se constituyen en grupo parlamentario (no dice que tengan que pedir permiso para hacerlo, sino que se “pueden constituir en grupo parlamentario...”) cumplen perfectamente las condiciones que les impone este punto 1 de este artículo 23: suman 6 escaños (número no inferior a 5) y en cada una de las circunscripciones y en todas ellas han obtenido más del 15% de los votos. Una vez constituidos en grupo parlamentario los 6 diputados elegidos en el País Vasco de Amaiur, en cumplimiento del punto 2 del mismo artículo, pueden acoger e integrar al diputado de Amaiur elegido en Navarra.
Sólo, si, inicialmente, los 7 diputados de Amaiur (los 6 de Vizcaya y el de Navarra) se hubiesen constituido directamente en grupo Parlamentario podría la inquisición del PP alegar que no cumplen el Reglamento porque a uno de los 7 diputados de Amaiur le faltan 14 centésimas para tener el mínimo exigible del 15% de los votos. Pero éste no es el caso.
La inquisición del PP empieza mal la legislatura de Rajoy: con una injusticia y una ilegalidad (para el pp, como para la derecha ultra de 1936, la ley, la justicia y la democracia sólo son instrumentos útiles cuando le interesan. Prescindibles cuando no).
Esto desde la perspectiva legal. Desde la perspectiva inteligente no hagas ascos a quien te ofrece cambiar las armas por parlamentos...
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